Hace poco me invitaron a dictar una conferencia sobre propiedad intelectual e inteligencia artificial en el proceso judicial. Mientras la preparaba, con apoyo en herramientas seguras de inteligencia artificial, me resultó urgente compartir algunas reflexiones.
La transformación digital de la justicia no puede limitarse a reemplazar el papel por archivos PDF, ni el memorial físico por un correo electrónico. Tampoco podemos quedarnos en la discusión conceptual, en los paneles o en las conferencias. Debemos actuar y utilizar la tecnología para hacer el bien común. Hasta ahora, muchos esfuerzos de digitalización han trasladado al mundo virtual las mismas demoras, opacidades y cargas formales que durante años han afectado al proceso judicial físico. El verdadero reto es más profundo: rediseñar la forma en que las partes acceden a la prueba, la contradicen y la ponen oportunamente a disposición del juez. También exige repensar los tableros de trabajo de ciudadanos, jueces y abogados.
El Código General del Proceso incorporó principios modernos de oralidad, concentración e inmediación, y reconoce medios probatorios amplios. Sin embargo, la experiencia práctica muestra que el acceso a la prueba sigue siendo, muchas veces, tardío, fragmentado y excesivamente dependiente de cargas formales. En un mundo en el que la información empresarial, contractual, contable y técnica vive en repositorios digitales, correos, chats, bases de datos y sistemas de gestión documental, el proceso civil no puede seguir funcionando como si la prueba fuera apenas un documento que aparece al final, se anexa a una demanda o se exhibe con dificultad en una audiencia. A veces se la trata casi como un elemento mágico: algo que aparece, de repente, en las manos de quien lo necesita.
Colombia debería pensar en su propio modelo de discovery para el proceso civil. Hoy existen instrumentos que cumplen parcialmente esa función, pero suelen ser lentos, fragmentarios y sometidos a múltiples obstáculos. Nuestro sistema no debe importar acríticamente el modelo anglosajón; debería construir un mecanismo probatorio propio, proporcional, rápido, seguro y digital, que aterrice en nuestra realidad y, al mismo tiempo, nos obligue a mirar hacia el futuro.
Un discovery colombiano podría permitir que, antes o al inicio del proceso, las partes identifiquen categorías de documentos relevantes, los depositen en una nube oficial o bóveda probatoria judicial, definan niveles de confidencialidad y permitan su traslado posterior al expediente, con trazabilidad completa. No se trataría de abrir expediciones interminables de pesca probatoria, sino de ordenar tempranamente el universo de información relevante, proteger lo reservado y evitar que el juez llegue tarde a la verdad procesal.
Esa nube oficial debería operar con reglas claras: quién sube, quién accede, cuándo accede, qué descarga, qué objeta y qué queda reservado. La contradicción de la prueba podría dejar de depender de constancias dispersas y pasar a una línea de tiempo verificable. Los documentos podrían marcarse como públicos, reservados, confidenciales, visibles solo para las partes, visibles para peritos o visibles únicamente para el juez mientras se resuelve una controversia sobre reserva. En materia probatoria, la trazabilidad no es un lujo tecnológico: es una garantía de debido proceso.
La misma lógica debería aplicarse a la demanda. Un formato unificado, cargado por capítulos (partes, hechos, pretensiones, fundamentos jurídicos, cuantía, pruebas, anexos, canales digitales y medidas cautelares)permitiría detectar automáticamente vacíos formales. El sistema podría advertir inconsistencias, exigir campos obligatorios, organizar anexos y generar alertas sobre causales de inadmisión o rechazo. El auto admisorio no debería tardar semanas cuando la demanda cumple requisitos verificables. Y el rechazo in limine, cuando sea evidente, tampoco debería dilatarse por trámites repetitivos. Existen tecnologías ya diseñadas —gestores documentales, flujos automatizados, validadores de información y sistemas de trazabilidad— que permitirían hacer esta gestión a bajo costo.
Esto no significa reemplazar al juez por un algoritmo. Significa liberar al juez de tareas mecánicas para que pueda concentrarse en aquello que verdaderamente exige criterio judicial: dirigir el proceso, proteger la igualdad de las partes, resolver controversias probatorias, valorar la prueba y decidir. La tecnología debe asistir, no sustituir. En eso estamos de acuerdo. Pero nos estamos quedando demasiado tiempo en el debate sobre si seremos reemplazados o no, mientras la justicia todavía no aprovecha las ventajas reales de estas herramientas. Bien utilizada, la tecnología puede ordenar el proceso, hacerlo visible y acabar, de una vez por todas, con la visión kafkiana de una justicia inaccesible, opaca y lenta.
Un expediente judicial digital bien diseñado también permitiría controlar quién consultó el expediente y cuándo. El juez podría dejar notas de trámite en una bitácora visible, especialmente frente a decisiones menores o impulsos procesales. Las comunicaciones con la secretaría, las llamadas relevantes o las solicitudes de reunión con el despacho podrían quedar registradas. Si una parte solicita una audiencia informal o una reunión de gestión, la otra debería poder conocerla, aceptarla, objetarla o pedir estar presente. La transparencia procesal no consiste solo en publicar providencias; consiste en hacer verificable la vida real del expediente y la intervención de las partes en el proceso.
Las audiencias también podrían cambiar. Con las API adecuadas, el sistema podría cruzar agendas y fijar la audiencia inicial con mayor facilidad. Podría sugerir a las partes qué documentos preparar, qué hechos están controvertidos y qué puntos requieren conciliación. Al juez podría ofrecerle una guía de dirección de audiencia, preguntas sugeridas, matriz de hechos, pruebas pendientes y alertas sobre asuntos procesales. En conciliación, herramientas de inteligencia artificial podrían proponer escenarios metodológicos de arreglo, rangos de negociación o fórmulas posibles, siempre bajo supervisión humana y sin afectar la autonomía de las partes.
En la audiencia de instrucción y juzgamiento, la tecnología permitiría mayor concentración. Los peritos podrían conocer con anticipación los vacíos metodológicos de sus dictámenes. El juez podría contar con guías básicas para entender mejor informes técnicos, financieros, científicos o contables. Los abogados tendrían un espacio más académico y menos ritualista para discutir la prueba. Y las decisiones serían más previsibles, no porque el resultado esté automatizado, sino porque el debate probatorio estaría mejor organizado.
La justicia digital debe conectarse, además, con normas, jurisprudencia y doctrina relevante. No para imponer respuestas automáticas, sino para reducir asimetrías de información y facilitar que jueces y abogados trabajen sobre mejores bases. Un sistema que identifica problemas jurídicos recurrentes, criterios jurisprudenciales aplicables y cargas probatorias típicas puede mejorar la calidad del debate y, con ello, la calidad de la decisión.
El país no necesita una digitalización cosmética de la justicia. Necesita una transformación procesal que convierta lo digital en garantía de transparencia, contradicción y celeridad. Los anhelos son los mismos de siempre: procesos más rápidos, partes en igualdad, jueces mejor informados, prueba más confiable y decisiones más justas. La diferencia es que hoy existen herramientas para hacerlos exigibles.
La pregunta, entonces, no es si la justicia debe ser digital. La pregunta es si estamos dispuestos a rediseñar el proceso para que lo digital sirva realmente a la justicia. Un discovery colombiano, una nube probatoria oficial, expedientes trazables, demandas estructuradas, audiencias inteligentes y uso responsable de inteligencia artificial pueden ser el punto de partida. No para deshumanizar el proceso, sino para acercarlo, por fin, a aquello que siempre prometió: una justicia más clara, más rápida y más confiable.
No faltará quien diga que no se puede. Que esto no es Dinamarca, sino Cundinamarca. Pero nada grande se ha logrado sin ambición. Y si la justicia quiere estar a la altura de sus propios ideales, también tendrá que aprender a soñar en digital.
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